A- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Jhon Jarry Castro Jimenez·Respondent Colpensiones Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia en sede de revisión
- Obligatoriedad de la debida integración del contradictorio
- Aplicación del régimen general de nulidad (artículo 133 C.G.P.), siempre que sus causales no resulten contrarias a los principios de celeridad y eficacia que caracterizan la tutela
- Formas para subsanarla
- Se declara la nulidad de todo lo actuado desde auto admisorio de la demanda y rehacer proceso efectuando debida vinculación
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto la Sala Segunda de Revisión decide declarar la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el proceso de tutela de la referencia desde el Auto Admisorio de la demanda.
Como consecuencia de lo anterior, ordena al Juzgado Octavo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali que reinicie el proceso, previa vinculación de las personas directamente interesadas o que puedan verse afectadas con el trámite del mismo.
Se dispone que, una vez concluya el trámite anterior el despacho judicial que conozca de la única o segunda instancia, debe remitir el expediente a la Corte Constitucional, para que sea sometido al trámite de selección previsto en el Capítulo XIV del Reglamento Interno de la Corporación.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (10 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos en el asunto de la referencia.
- SEGUNDO. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el proceso de tutela de la referencia desde el Auto Admisorio de la demanda, proferido el 12 de julio de 2019, por el Juzgado
- Octavo. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Cali.
- TERCERO. Como consecuencia de lo anterior, ORDENAR al Juzgado
- Octavo. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Cali que reinicie el proceso de tutela de la referencia, previa vinculacion de las personas directamente interesadas o que puedan verse afectadas con el tramite de la accion de tutela, de acuerdo con la parte motiva de la presente providencia.
- CUARTO. Por Secretaria General, DEVOLVER el expediente digitalizado del proceso de tutela de la referencia al Juzgado
- Octavo. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Cali, para que se cumpla lo dispuesto en el numeral anterior. Una vez se retomen las actividades normales, la Secretaria General de la Corte Constitucional debera ENVIAR el expediente fisico a la autoridad mencionada.
- QUINTO. Una vez concluya el respectivo tramite indicado en el numeral
- tercero. de esta providencia, ORDENAR al despacho judicial que conozca de la unica o segunda instancia REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para que sea sometido al tramite de seleccion previsto en el Capitulo XIV del Reglamento Interno de la Corporacion.
- SEXTO. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.